La Audiencia de Asturias anula el juicio por el fraude de Mina La Camocha de Gijón.
28/06/2016
Deberá volver a celebrase en el mismo juzgado pero con otro juez
El juicio por el fraude de Mina La Camocha que derivó en condenas de nueve años por desviar millones de ayudas al carbón para cinco acusados, incluido el exconsejero de Industria del Gobierno asturiano, Víctor Zapico, ha sido anulado y deberá celebrarse en el juzgado de procedencia pero con con distinto juzgador y "estricto cumplimiento de todas las formalidades legales". Así lo ha dictado la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón, en una sentencia contra la que no cabe recurso.
Además de Zapico como apoderado de Mina La Camocha, habían sido condenados en 2014 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Gijón, Manuel Martín Martín (presidente, consejero y apoderado de Mina La Camocha), Ángel Manuel García Brugos (administrador único de Hullas de Coto Quirós), Guillermo Alfredo Honrubia Álvarez (apoderado tanto de Hullas Coto Quirós como de trabajos y Explotaciones) y Margarita García Fernández (responsable de contabilidad y apoderada de Mina La Camocha). Los cinco apelaron la setencia de instancia ahora anulada.
La Audiencia Provincial acepta los antecedentes de hecho de aquella sentencia, pero no la declaración de hechos probados, que queda sin efecto. El motivo es que la Audiencia Provincial aprecia "falta de imparcialidad" en la jueza de Gijón que impuso la condena.
De hecho, en los fundamentos jurídicos, la Audiencia explica que "La juzgadora se extralimitó en su función de dirigir los debates, revelando el contenido de las preguntas formuladas, así como las valoraciones hechas con ocasión de los interrogatorios, una previa toma de posición con respecto al objeto del enjuiciamiento, incompatible con la debida imparcialidad que ha de presidir su función". La Audiencia llega a esa conclusión tras visionar el juicio y los diferentes testimonios. Concluye que la jueza llegó a realizar preguntas innecesarias, de contenido incriminatorio, que revelaban un "juicio formado".
La sentencia establece que la magistrada Rosario Hevia no se limitó a solicitar aclaraciones sobre puntos concretos, sino que tuvo una posición "activa y parcial" a la hora de no dejar concluir a los testigos o adelantando el contenido de las respuestas. Todo ello hace que la Audiencia estime consistentes las dudas planteadas sobre la parcialidad de la jueza. "Los episodios habidos exceden de lo que podría constituir meras vicisitudes propias de la dirección del debate", señalan.
La investigación del caso fue impulsada en su día por la Fiscalía Anticorrupción a raíz de que la Guardia Civil de Gijón detectara el movimiento sospechoso de carbón importado desde el puerto de El Musel hasta Mina La Camocha, en 1999, y su supuesta venta a las térmicas como nacional.
Nota de Prensa Poder Judicial
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