Condenado a un año y tres meses de prisión por engañar a un amigo para que le entregara 78.600 euros.
13/07/2023
El acusado ha reconocido los hechos y ha sido condenado como autor de un delito de estafa en concurso con un delito de extorsión
Deberá indemnizar al que era su amigo en 29.000 euros y a los herederos de la tía de este –de donde salió la mayor parte de los fondos- en 49.600 euros
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado hoy a un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 720 euros a un hombre que engañó a un amigo haciéndole creer que una banda le amenazaba con agredirle si no les entregaba dinero, y que logró que aquel le diera 78.600 euros.
Además de la condena de prisión y multa como autor de un delito de estafa en concurso medial con un delito de extorsión, el hombre deberá indemnizar al perjudicado en 29.000 euros y a los herederos de la tía de este –de donde salieron parte de los fondos- en 49.600 euros.
El juicio estaba señalado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria para la mañana de hoy, pero al inicio del mismo las partes han comunicado al tribunal que habían llegado a un acuerdo tras el reconocimiento de hechos efectuado por el acusado.
Según estos, el ahora condenado envió un whatsapp a su amigo en el que le decía que ese mismo día, a la salida del parking de Valdecilla, un grupo de personas le amenazó, dos hombres le atracaron y le tuvieron que atender en el hospital por un ataque de pánico y ansiedad.
A partir de ese momento, el acusado “comienza a recibir numerosos mensajes de whatsapp amenazantes” que reenvía a su amigo, quien “llega a temer por su vida, la de su familia y la de su amigo, el acusado, por lo que decide pagar las cantidades de dinero que le exigen”.
Los mensajes que recibió el acusado procedían de dos números de teléfono que “fueron dados de alta por internet, utilizando el DNI” del perjudicado “sin su consentimiento”.
Las cantidades que el acusado recibió procedían de la cuenta personal de su amigo y de la cuenta de una tía de este, de la que era su guardador.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria es firme, ya que contra la misma no cabe la interposición de recurso alguno.
Nota de Prensa Poder Judicial
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