El TSJIB confirma la absolución de una interiorista acusada de apoderarse de 47.309 euros de la empresa con la que colaboraba.
26/06/2024
La Sala ratifica el fallo de la Audiencia Provincial que no vio en la actuación de la decoradora una apropiación indebida
El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha confirmado la absolución de una interiorista acusada de apropiarse de 47.309 euros de la empresa con la que colaboraba y ratifica la resolución de la Audiencia Provincial de Palma que la eximió de un delito de apropiación indebida.
La sentencia recurrida expone que la interiorista inició una colaboración profesional con una empresa dedicada a la reforma y rehabilitación de viviendas desde finales de 2015 hasta julio de 2017; la decoradora pasaría a la mercantil aquellos clientes que necesitasen realizar obras para que contratasen directamente con la empresa, algo que sucedió con al menos tres de ellos. Al cabo de los años y tras la situación del concurso de acreedores en la que estuvo inmersa, el administrador comenzó a reclamar judicialmente a distintos clientes cantidades que estimó que le adeudaban e interpuso una querella contra la interiorista por apropiación indebida porque podría haber intervenido de alguna forma en alguno de los pagos.
La Sala expresa en sus fundamentos la “caótica contabilidad” que llevaba la entidad de mano de su administrador único, así como “el reconocimiento por parte de éste de que cobraba dinero en efectivo que no se reflejaba en la contabilidad de la empresa por las obras que efectuaba”. Asimismo, señalan los magistrados el hecho de “rehacer la contabilidad después de dos o tres años para reclamar las sumas que restaban por cobrar, así como la propia realidad acreditada de que pagaba a sus operarios en efectivo introducido en sobres (…) conducen a que el tribunal de primer grado reste verosimilitud a la declaración” del querellante. Por todo ello, el tribunal confirma íntegramente la resolución con imposición de costas al apelante.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Nota de Prensa Poder Judicial
Más noticias
Archivo de todas las noticias del bufete.